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    AYUDAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES 2013

    avatar
    charly904
    Miembro VIP
    Miembro VIP


    Cantidad de envíos : 1018
    Fecha de inscripción : 20/01/2010

    AYUDAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES 2013 Empty AYUDAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES 2013

    Mensaje por charly904 Jue Mayo 23 2013, 13:50

    https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-el-aprovechamiento-de-energí-renovables-2013



    PROCEDIMIENTO:




    030075 SUBVENCIONES ENERGIAS RENOVABLES
    Plazo de resolución:
    6 MESES
    Efectos silencio:
    Desestimatorio
    AYUDAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES 2013

    Plazo de presentación de solicitudes:

    Del Mié, 22 Mayo 2013 al Vie, 21 Jun 2013
    Objeto:
    Conceder ayudas para el aprovechamiento de energías renovables mediante la aplicación de las siguientes tecnologías: a) Solar térmica. b) Biomasa térmica. c) Híbrida biomasa+solar térmica. d) Fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica aislada con y sin acumulación e) Equipos de tratamiento en campo de la biomasa. f) Geotermia.
    Destinatarios:
    a) Las personas físicas. b) Las corporaciones locales, así como las mancomunidades o cualesquiera otras entidades que las agrupen. c) Instituciones sin ánimo de lucro. d) Las asociaciones o fundaciones. e) Las comunidades de bienes, comunidades de propietarios y sociedades cooperativas. f) Empresas, empresarios autónomos y otras personas jurídicas no incluidas en los apartados anteriores.
    Requisitos:
    Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en los artículos 2, 3 y 15 de la Orden de 29/04/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas para el aprovechamiento de energías renovables en Castilla-La Mancha 2013, y se establecen las bases reguladoras de su concesión.
    Importe:
    Consultar el artículo 4 de la Orden de 29/04/2013, de la Consejería de Fomento
    Criterios:
    Los criterios de valoración y puntuación vienen determinados en el artículo 5 de la Orden de 29/04/2013, de la Consejería de Fomento.
    Documentación a aportar:
    La documentación preceptiva a presentar con carácter general viene determinada en el artículo 15 de la Orden de 29/04/2013 de la Consejería de Fomento.
    Lugar de presentación:
    A) EN LOS REGISTROS DE LOS ÓRGANOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 38.4 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. B) MEDIANTE LOS SERVICIOS DE OFICINA VIRTUAL DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, DIRECCIÓN HTTPS://INDU2.JCCM.ES/OFICINAVIRTUALCIS/ A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DE ESTA CONSEJERÍA. C) A TRAVÉS DEL TELÉFONO ÚNICO DE INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA 012.
    Marco legal:

    DOCM: 13-MAR-07 Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y eficiencia energética en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 21-MAY-13 Orden de 29/04/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas para el aprovechamiento de energías renovables en Castilla-La Mancha 2013, y se establecen las bases reguladoras de su concesión.


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    Internet: Tramitación Online

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    Presencial: Oficinas de Registro

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