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    cerramiento metacrilato Empty cerramiento metacrilato

    Mensaje por er_chupy Lun Abr 15 2013, 21:31

    Queria saber si alguien a cerrado el patio de luces con metacrilato o cualquier otro material y queria saber cuanto le costo y con que empresa lo hizo, o si por lo contrario conoce a alguien que lo haga.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por Albarp Mar Abr 16 2013, 00:19

    Hola. Te refieres al patio interior?? Si es asi siento decirte que no se puede cerrar de ninguna manera. Yo tambien tengo patio y estuve mirando para hacerlo. Cuando ya tenia mas o menos todos los presupuestos en la comunidad me informaron que en los estatutos detallan claramente que no se puede hacer ya que es un patio comunitario de uso privativo. Por eso no viene en las escrituras tampoco. Aunque tu lo disfrutes no es tuyo basicamente. En estos patios no se puede hacer ningun tipo de cerramoento ni de obra sin permiso de la comunidad. Informate bien porque si lo haces y algun vecino quiere denunciarte lo pueden hacer y ademas tienes las de perder y te pueden hacer quitarlo. Con lo cual dinero a la basura. Si te sirve de algo yo tengo un cenador grande que tapa todo el patio y como no es una obra no te pueden decir nada y te tapa todo el patio. Pero bueno a ver si alguien que sepa mas del tema te puede decir algo porque puedo estar equivocada pero como consejo espera que en tiempos de crisis el dinero se mira mucho y lo mismo te lo gastas para tirarlo a la basura. Un saludo.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por mariquita Mar Abr 16 2013, 14:06

    Lo que dice Albarp es correcto.
    Quizá lo que si puedes proponer a la comunidad es hacer algún tipo de cerramiento que sea móvil (por ejemplo, estos techos que se corren y queda el patio al descubierto) y si la comunidad te da permiso para hacerlo tiene que dejar constancia en acta, pues tiene que ser igual para todos los vecinos (por si otro vecino también quiere cerrar su patio).
    Colocar el cenador es una buena idea y quizá también lo sea poner un toldo.
    En cualquier decisión, lo mejor es que lo comentes primero con la comunidad.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por ares 91 Mar Abr 16 2013, 15:17

    estan permitidos todos los cerramientos moviles..pero.tienen que ser aprobados en junta de vecinos.

    cerramientos moviles son: aluminio, matraquilato, cristal etc
    los.fijos.son obra mayores, de.ladrillo.

    haz una propuesta por.escrito al administrador de tu comunidad para q en la.proxima.junta lo incluya en el orden del.dia y pueda ser.votado. si no esta incluido en el orden del.dia la.votacion carece de validez.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por er_chupy Jue Abr 18 2013, 21:54

    ya esta aprovada y tengo el acta fotocopiado por si hay algun problema. Ya me informe primero jejeje.

    albarp me podrias pasar numeros de las empresas que te miraron y te dieron presupuestos???

    Gracias.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por Albarp Vie Abr 19 2013, 20:59

    Hola. Dejame que te los busque porque hace unos meses y te digo los telefonos de las empresas. Cuanto me alegro que en tu parcela se pueda. Lo dicho te los busco y te los pongo. Un saludo.
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    cerramiento metacrilato Empty Re: cerramiento metacrilato

    Mensaje por masmanolo Sáb Abr 20 2013, 12:08

    Albard, podrias poner una fotillo del cenador??? Yo tengo puesta una sombrilla gigante pero no me gusta mucho como queda. Gracias
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    Mensaje por annukky Jue Jun 13 2013, 13:52

    Hola!! Yo también tengo patio y me interesan mucho esas fotillos del cenador!! Mi patio es un recogedero de mierda!! Siempre está sucio... 
    Creo recordar que en mis escrituras si vienen los patios...puede ser??
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    cerramiento metacrilato Empty CERRAMIENTOS EN ALUMINIO

    Mensaje por Miguel ángel camara Jue Dic 26 2013, 19:47

    HOLA VECINOS , DECIROS QUE ,EN PRINCIPIO ESTA PERMITIDO POR LEY CUALQUIER TIPO DE CERRAMIENTO ,SIEMPRE Y CUANDO , NO ESTE SUJETO AL EDIFICIO MEDIANTE OBRA ( CEMENTO, YESO , MORTERO , ETC.. ).
    SEGURAMENTE ,POR LOS ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD , NO PODÁIS PONER UN TECHO FIJO , PERO SI MÓVIL ,,,,,,,,,, NO ME PARECE JUSTO , PUESTO QUE LA ESTRUCTURA QUE SE DEBE DE MONTAR ES EXACTAMENTE LA MISMA , CON LA VARIANTE DE DOS CARRILES EN VEC DE UNO .
    POR OTRO LADO , YO , HE TRABAJADO DURANTE 17 AÑOS EN JORKON , EMPRESA DEDICADA A LA FABRICACIÓN Y MONTAJE DE TECHOS FIJOS , MÓVILES Y ELÉCTRICOS .
     SI NECESITÁIS ASESORAMIENTO EN CUANTO A DISEÑOS , CALIDADES Y PROYECTOS , ME PODÉIS LOCALIZAR EN EL 615335XXX .

       UN SALUDO , MIGUEL ÁNGEL CÁMARA


    Última edición por j4qu3 el Jue Dic 26 2013, 22:52, editado 1 vez (Razón : Editado telefono por no cumplir normas del foro.)
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    Mensaje por Picaflor Vie Dic 27 2013, 09:02

    annukky escribió:Hola!! Yo también tengo patio y me interesan mucho esas fotillos del cenador!! Mi patio es un recogedero de mierda!! Siempre está sucio... 
    Creo recordar que en mis escrituras si vienen los patios...puede ser??

    No, no vienen puesto que al igual que las terrazas de los áticos, estos son de la comunidad, aunque de uso y disfrute del propietario de la vivienda.
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    cerramiento metacrilato Empty cerramientos de policarbonato

    Mensaje por Miguel ángel camara Vie Dic 27 2013, 19:47

    si en las escrituras de tu vivienda refleja que esos patios son de uso y disfruto del propietario de la vivienda , tienes todo el derecho a usarlo como quieras , incluso montando ,,,,,,,,,, lo que te de la real gana .
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    Mensaje por ares 91 Vie Dic 27 2013, 21:47

    jajaja. si monta lo que quieras. ya veras lo que tardan los vecinos en hacer q lo quites.

    en las escrituras viene bien claro. q esos metros no son de la vivienda y es una zona comun, pero de uso y disfrute del propietario de esa vivienda. y eso quiere decir, q lo puedes usar tu, pero q no puedes hacer lo que quieras en el. ese fue el.motivo x el q yo no compre un primer piso.

    tambien es cierto q a mi me da igual q un vecino se cierre el patio!! mientras mantenga las.condiciones de higiene y no me repercuta a mi en nada... eso si. si tiene alguna averia, gotera etc etc. q luego no vaya diciendo q esa terraza es de la comunidad y quiera q se la.arreglen.
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    Mensaje por mariquita Vie Dic 27 2013, 23:06

    Para aclarar las cosas: los patios y las terrazas de los áticos (el resto de terrazas no lo sé) son zonas comunes de la Comunidad para uso y disfrute del propietario particular.
    Es decir: el propietario tiene el derecho de usar su patio/terraza, poner plantas, o una mesa o el cesto de las naranjas, por ejemplo, y también tiene que mantener limpia esa zona y ocuparse de su mantenimiento. La Comunidad tiene la obligación de hacer las reformas/obras necesarias que puedan surgir (siempre que no sea por falta del mantenimiento del propietario), porque esa zona es comunitaria y como tal aparece en las escrituras.
    Para poder cerrar el patio/terraza hay que pedir permiso a la Comunidad, que lo vota en junta y tiene que quedar reflejado en el acta correspondiente. En el caso de que no sea así y el propietario lo haga libremente sin consentimiento, cualquier vecino puede denunciar ese cerramiento y el propietario se podría ver obligado a quitar el cerramiento.
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    Mensaje por Miguel ángel camara Sáb Dic 28 2013, 23:11

    YO TENGO PATIO EN PLANTA BAJA , DEBIDO A LA GRAN CANTIDAD DE PORQUERÍA Y GUARRERIA QUE ME SUMINISTRAN LOS QUERIDOS VECINOS ,LOS CUALES PIENSAN O DEBEN PENSAR QUE YO LA RECICLO, DECIDÍ EN SU DÍA CERRAR PARTE , QUE NO TODO , DE SUSODICHO PATIO .
    PUES BIEN , CIERTOS VECINOS SE OPONÍAN A EL CERRAMIENTO PARCIAL DEL PATIO , POR LO CUAL EN JUNTA DE COMUNIDAD , ESPESE MI NECESIDAD DE REALIZAR EL PROYECTO .
    SE VOTA Y SE DECIDE QUE NO SE ME DA EL PERMISO PERTINENTE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS , NO CONFORME CON DICHO ACUERDO , ME DIRIJO CON ESCRITURAS DE MI VIVIENDA EN MANO A MI ABOGADO , EL CUAL ME DICE QUE AUNQUE YO ESTE PAGANDO POR ESOS METROS DE PATIO NO PUEDO REALIZAR MI PROYECTO , QUE SI SE ME OCURRE ME VAN A DENUNCIAR LA COMUNIDAD Y QUE AUN TARDANDO 2 O 3 AÑOS EN EJECUTARSE LA SENTENCIA , AL FINAL TENDRÍA QUE DESMONTARLO .
    MI SORPRESA VINO CUANDO ME ASEGURA QUE , SI EN LAS ESCRITURAS DE MI VIVIENDA ESTUVIESE REFLEJADO "PATIO DE LUCES CON UNA SUPERFICIE DE X METROS DE USE Y DISFRUTE DE DICHA VIVIENDA " POR LEY ESTOY AUTORIZADO A HACER LO QUE ME DE LA GANA , CON O SIN CONSENTIMIENTO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS  .
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    Mensaje por maximun Dom Dic 29 2013, 05:18

    3 TU LIBERTAD PARA ACTUAR DEPENDE DE SI ESTÁS HABLANDO DE UN ELEMENTO COMÚN O PRIVATIVO

    En un edificio, urbanización o complejo; existen dos clases de elementos, instalaciones o servicios: unos que son comunes de la comunidad (necesitarás un acuerdo del resto de vecinos para su modificación) y otros privados de cada propietario (son de uso exclusivo e independiente de cada vecino): 

    Elementos comunes: serán aquellos que el art. 396 del Código Civil define como necesarios para el adecuado uso y disfrute del edificio, urbanización o complejo; como por ejemplo, el suelo, los techos, los muros de carga, las vigas, la terraza común del edificio (en su caso), el portal, las escaleras, la portería, los pasillos, los depósitos, los contadores, etc. Además, la jurisprudencia ha ido matizando el concepto de qué debe entenderse por elementos comunes y por elementos privativos, pues, a juicio del Tribunal Supremo, las menciones incluidas en la Ley no componen una “lista cerrada”. 
    Elementos privados: serán todos aquellos en los cuales cada propietario ejerce su derecho de propiedad de forma exclusiva. El ejemplo más claro es el de la propiedad sobre una vivienda, apartamento turístico o local; que forma parte de la comunidad (ej: una persona que es propietaria del piso segundo A de la comunidad sita en la calle Fulanitos número 3 de Madrid). Dentro de estos elementos privativos, pueden estar no sólo las vivienda, apartamentos turísticos o locales; sino también los “anejos” a las mismos; por ejemplo, una plaza de garaje, buhardilla, sótano o trastero. 

    Elementos comunes de uso privativo: puede darse el caso de elementos comunes de uso privativo (ej: terraza o ático) que no constan como privados en las escrituras cuyo disfrute y uso corresponde al propietario, aunque el propietario no podrá realizar ninguna alteración que afecte a la configuración sin previa autorización de la junta de propietarios. 

    Nota importante:
    En caso de cualquier discusión comunitaria sobre si estamos ante un elemento común o privativo (ej: si una terraza o patio pertenece a un propietario o, aunque disponga de su uso, sea un elemento general del inmueble), deberemos acudir al Título Constitutivo (escrituras): 

    Será un elemento privado, si tiene asignado en la escritura un coeficiente de propiedad directo e individual. La existencia de este coeficiente puede ser, por tanto, considerada como la partida de nacimiento de la propiedad privada. 

    Será también un elemento privativo, si en las escrituras el elemento figura como “anejo” del piso, apartamento turiístico o local; pues querrá decir que su coeficiente está incluido dentro del coeficiente de los mismos. No obstante, en ciertos casos (ej: proindivisión) la libertad para el titular con respecto a este “anejo” (ej; garaje) está condicionada a las normas comunitarias para su uso y funcionamiento (ej: prohibición de tapar o cubrir la plaza de garaje o aparcar una moto junto al coche) 

    El resto de elementos del edificio, urbanización o complejo turístico; no contemplados como elementos privativos e independientes, serán considerados elementos comunes. No obstante, como se ha indicado, puede darse el caso de elementos comunes de uso privativo. 
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    Mensaje por Picaflor Lun Dic 30 2013, 09:38

    Miguel ángel camara escribió:si en las escrituras de tu vivienda refleja que esos patios son de uso y disfruto del propietario de la vivienda , tienes todo el derecho a usarlo como quieras , incluso montando ,,,,,,,,,, lo que te de la real gana .

    Que algo sea propiedad privada no da derecho a usarlo como a uno le de "la real gana", La ley de propiedad horizontal prevalece sobre esto, es decir, la terraza exterior es mia y no por ello puedo pintar la fachada de rosa.

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